El Reglamento Nacional de Tránsito de Perú establece una serie de normas y regulaciones para garantizar la seguridad en las vías. Uno de los aspectos más importantes de este reglamento es el relacionado con los cambios de dirección. Este artículo se enfoca en explicar estas normas y ofrecer una guía clara para los conductores.

Regla general sobre cambios de dirección

Según el artículo 195 del Reglamento Nacional de Tránsito, el conductor que gira a la izquierda, a la derecha, en “U” o cambia de carril, debe ceder el derecho de paso a los demás vehículos y a los peatones. Esto es esencial para mantener la fluidez y seguridad en el tránsito.

Cambios de dirección y marcha

El artículo 196 establece que los cambios de dirección y otras maniobras que impliquen la modificación de la marcha de un vehículo en la vía deben ser advertidos a los demás vehículos con la debida anticipación. Esto se logra manteniendo la señal de advertencia hasta que se haya culminado la maniobra. Además, estos cambios solo están permitidos cuando no afecten la seguridad o la fluidez del tránsito.

Cambios de dirección Guía Completa de Cambios de Dirección y Señalizaciones en Intersecciones Viales en Perú Obligaciones y Restricciones para Conductores

Giros a la derecha e izquierda

Para girar a la derecha o a la izquierda, el conductor debe ubicar el vehículo en el carril correspondiente con suficiente antelación y hacer la señal con las luces direccionales del vehículo hasta que culmine la maniobra. Según los artículos 197 y 198 del Reglamento, debe girar a una velocidad moderada e ingresar a la otra vía por el carril correspondiente.

Uso de luces en giros o cambios de carril

El artículo 199 establece que, para girar o cambiar de carril, el conductor debe utilizar obligatoriamente las luces direccionales que correspondan. En casos de fuerza mayor, debe utilizar señales manuales, extendiendo el brazo y antebrazo izquierdo horizontalmente fuera del vehículo para girar a la izquierda, y extendiendo el antebrazo izquierdo y mano hacia arriba, haciendo ángulo recto con el brazo, para girar a la derecha.

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Prohibiciones en giros

Es importante destacar que el Reglamento prohíbe ciertos giros. Según el artículo 200, no se debe girar a la izquierda si algún dispositivo de control de tránsito lo prohíbe. Además, el artículo 201 prohíbe girar en “U” en intersecciones, pasos peatonales, a menos de 200 metros de curvas, puentes, túneles, estructuras elevadas, pasos a nivel, cimas de cuestas y cruces a nivel, y donde la señalización lo prohíba.

Señales para disminuir velocidad o detener el vehículo

Finalmente, el artículo 202 establece que cuando el conductor de un vehículo tenga la intención de disminuir su velocidad o detenerlo, debe hacer la señal con las luces intermitentes, y en casos de fuerza mayor, utilizar el antebrazo izquierdo y mano extendidos hacia abajo fuera del vehículo, haciendo ángulo recto con el brazo.

En conclusión, el Reglamento Nacional de Tránsito del Perú establece una serie de normas claras y precisas sobre los cambios de dirección en la vía. Los conductores deben familiarizarse con estas normas y seguirlas rigurosamente para garantizar la seguridad en las vías.

Fuentes

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