El tránsito en el Perú, como en cualquier otro país, está regulado por una serie de normas y reglamentos que buscan garantizar la seguridad y fluidez en las vías. Uno de los conceptos más importantes dentro de estas regulaciones es el ‘Derecho de Paso’, que determina quién tiene la preferencia en diferentes situaciones de tráfico. En este artículo, vamos a profundizar en el derecho de paso en el Perú, según lo estipulado en el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito.
Índice
¿Qué es el Derecho de Paso?
El derecho de paso es un conjunto de normas que determinan la prioridad de paso en situaciones de tráfico. Estas normas buscan evitar conflictos y accidentes al establecer claramente quién tiene la preferencia en una intersección, en una vía preferencial, en una rotonda, entre otros. En el Perú, el derecho de paso está regulado por los artículos 176 a 194 del Reglamento Nacional de Tránsito.
Derecho de Paso en Intersección no Regulada
De acuerdo con el artículo 176, el conductor que llega a una intersección no regulada debe ceder el paso a los vehículos que ya están cruzando. Asimismo, según el artículo 178, si dos vehículos se aproximan simultáneamente a una intersección no regulada desde vías diferentes, la preferencia de paso la tiene el que se aproxima por la derecha del otro.
Derecho de Paso en Vía Preferencial
El artículo 177 indica que el conductor que llega a una vía preferencial debe ceder el paso a los vehículos que circulen por dicha vía. Solo puede ocupar la calzada de la vía preferencial cuando esté despejada y pueda realizar el cruce.
Derecho de Paso en Rotondas
En el caso de las rotondas, el artículo 181 determina que el vehículo que ya circula por la rotonda tiene la prioridad de paso respecto al que intenta ingresar.
Derecho de Paso en Intersecciones en “T” o Similares
Según el artículo 182, en las intersecciones en “T” o similares donde no existan señales de “PARE” o “CEDA EL PASO”, el conductor que se aproxima con su vehículo por la vía que termina, debe ceder el paso a cualquier vehículo que se aproxime por la izquierda o por la derecha en la vía continua.
Derecho de Paso de los Vehículos de Emergencia y Vehículos Oficiales
El artículo 185 establece que todos los conductores de vehículos deben ceder el paso a los vehículos de emergencia y vehículos oficiales, así como a vehículos o convoyes militares o de la policía cuando anuncien su presencia por medio de señales audibles y visibles.
Preferencia de Paso de los Peatones
El artículo 186 enfatiza la importancia de la seguridad de los peatones, estableciendo que el conductor que conduce un vehículo debe dar preferencia de paso a los peatones que hayan iniciado el cruce de la calzada en las intersecciones no reguladas y a los que estén concluyendo el cruce en las intersecciones reguladas.
Derecho de Paso en Vías Rurales
En el caso de las zonas rurales, el artículo 189 indica que el conductor de un vehículo que accede a una vía principal desde una vía secundaria, debe ceder el paso a los vehículos que circulan por la vía principal.
Derecho de Paso en Cruces a Nivel
El artículo 192 establece que en los cruces de ferrocarril a nivel, los vehículos que transitan por la vía férrea, tienen preferencia de paso sobre los vehículos que transiten por la carretera, vía urbana o camino.
En conclusión, el derecho de paso es un elemento crucial en las normas de tránsito del Perú para garantizar la seguridad y fluidez en las vías. Todos los conductores deben conocer y respetar estas normas para contribuir a un tránsito más seguro y eficiente.»
Fuentes
- Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito
- Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir
- Reglamento Nacional de Vehículos
- Reglamento Nacional de Administración de Transporte
- Ley que promueve y regula el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible