Obtener licencia para moto se ha vuelto una necesidad, sobre todo en estos tiempos. Principalmente porque tenerla nos permite manejar aislados y movernos con más rapidez que un auto, sobre todo en Lima.
Por otro lado, si tienes un modelo de moto moderno y eficiente, lograrás grandes ahorros en combustible. Quizás lo más importante es que pasas menos tiempo en la calle y no estás expuesto.
La licencia de moto es a nivel nacional y dependiendo del tipo podrás manejar motos y mototaxis, pero también bicimotos y trimotos entre otras. Si bien el trámite lo haces en la municipalidad provincial en donde vives, existe un registro único para las licencias de conducir de motos (clase B) a través del Sistema Nacional de Conductores (SNC). Esto lo regula el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
En las siguientes líneas te explicamos los tipos de licencia de conducir para moto y como obtenerla. También las regulaciones para Mototaxis y motos eléctricas.
Índice
Tipos de Licencia para moto
El tipo de Licencia para Moto que deberás solicitar es de la clase B, que se utiliza para la conducción de vehículos de 2 o 3 ruedas. Según la clase de brevete que solicites, será el modelo o tipo de moto que podrás conducir:
- Licencia B-I: para vehículos no motorizados de 3 ruedas como triciclos. Esto se utilizan para el «transporte público especial de pasajeros».
- Licencia B-II A: para bicimotos. Transporte de pasajeros o mercancías.
- Licencia B-II B: igual que B-II a, incluye Motocicletas (vehículos de 2 ruedas) o Motocicletas con Sidecar (3 ruedas). En este caso corresponde al transporte de pasajeros o mercancías.
- Licencia B-II C: igual que B-II a y B-II b y también Mototaxis y Trimotos (vehículos de 3 ruedas) para el transporte de pasajeros.
Las motocicletas son categoría B-II-B
Los requisitos que deberás cumplir están contemplados en el artículo 13 del «Reglamento Nacional de Emisión de Licencias de Conducir (RNELC)», el cual en su inciso 2 establece que, para obtener licencia de conducir de la clase B categoría I, los requisitos son establecidos por las municipalidades provinciales correspondientes.
Para la clase B con categoría II-A y II-B los requisitos exigidos los establece el RNELC, el cual en el artículo 13 establece un conjunto de requisitos, entre ellos el certificado de salud, los exámenes de conocimiento y habilidades, presentar un formulario aprobado por el MTC adecuadamente llenado y formado. Así como haber realizado el pago de los derechos de trámite.
La categoría B-II-A corresponde a vehículos menores de la categoría L1 como bicimotos, y corresponden a vehículos impulsados por un motor de muy baja potencia. Incluso con pedales de bicicleta para para poder asistir al motor en las subidas o el arranque.
Por otro lado, la categoría B-II-B autoriza a conducir además de vehículos de la categoría L1, también las L3 y L4 que se encuentren destinados al transporte particular de pasajeros o al transporte de mercancías. Como podrás apreciar esta es la licencia de moto, es decir comprende motocicletas y moto Sidecar.
Las Mototaxis son licencia de conducir B-II-C
Si lo tuyo es sacar brevete de moto categoría II-C entonces el artículo 13 inciso 5 establece los mismos requisitos para la categoría II-A y II-B. Pero adicionalmente tienes que presentar la «Constancia de Finalización del Programa de Formación de Conductores – COFIPRO, expedida y registrada en el Sistema Nacional de Conductores».
La norma también señala lo siguiente: «En todos los casos la autoridad a cargo del procedimiento deberá verificar en el Registro Nacional de Sanciones que el postulante no se encuentra inhabilitado o suspendido».
Licencia de moto en Lima
Para la solicitud de Licencias de conducir para vehículos menores, cada municipio cuenta con un procedimiento diferente. Sin embargo, para ilustrarte, te explicamos cómo se realiza en Lima.
Deberás contar con los requisitos generales previos (examen médico, examen teórico y práctico de manejo) para solicitar tu brevete de moto.
Ten en cuenta que el pago por derecho de trámite para licencia de moto e impresión de licencia tiene un costo de S/ 27.80. Podrás abonarlo online por la Mesa de Partes Virtual de la Municipalidad de Lima o de forma presencial en alguna oficina del SAT.
Lo puedes hacer también en las agencias de la Caja Metropolitana de Lima usando el código de pago número 9570. Si lo haces vía web, no olvides escanear tu voucher para remitirlo a través de internet.
La emisión de tu brevete tiene un plazo máximo de 5 días a partir de la fecha de la solicitud. En la Municipalidad de Lima, cuentas con dos opciones para solicitar la licencia: virtual y presencial.
Mesa de Partes Virtual de la Municipalidad de Lima
Para el trámite virtual deberás llenar el formulario y remitirlo junto al voucher de derecho de trámite a través de la Mesa de partes virtual. Si tienes DNI Electrónico (DNIe) y una lectora el trámite de autenticación se hace más sencillo.
Debes imprimir y llenar el formulario de solicitud de licencia de conducir. El formulario tiene carácter de declaración jurada y deberás indicar el tipo de servicio o trámite y que licencia de clase B necesitas. Además, debes completar todos los datos solicitados. Puedes apreciar una parte del formulario donde llenas los datos del trámite para licencia de moto.
La obtención de la licencia de conducir es un trámite del «TUPA (Texto Único de Procedimientos Administrativos)» de la municipalidad. El formulario debidamente llenado y el voucher deberás registrarlos y cargarlo en el sistema durante el proceso de trámite virtual.
La segunda opción (trámite presencial) es en el Centro de Trámite Documentario donde llevarás el formulario impreso y el voucher de pago. La dirección es Jr. Camaná N° 564, de lunes a viernes de 8 am a 2 pm.
Una vez emitida la licencia de conducir, se te comunicará mediante correo electrónico o al número de celular, con la cita para entregarte la Licencia de conducir.
Cada Municipalidad Provincial, tiene competencia para el registro de sanciones a conductores, realizar multas y extender la papeleta correspondiente. Asimismo, conducen el proceso de otorgamiento, emisión y entrega de la Licencia de conducir clase B.
Brevete para Mototaxi
Los servicios de Mototaxi resultan un complemento al transporte público regular, y es especialmente ideal por su adaptabilidad a los diferentes tipos de geografía del país. Además, es una fuente de trabajo y medio de subsistentica para muchas personas.
Por lo tanto, una de las formas más económicas y rápidas de transportarse por las calles peruanas, es utilizar el servicio de una Mototaxi. El tipo de brevete que deberás portar, al momento de solicitar el permiso municipal de transporte, será el B-II-C.
Según el «Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados», aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, varios son los requisitos con los que deberás contar además de la licencia B-II-C, a saber.
Solo podrán acceder al permiso municipal, personas jurídicas que estén autorizadas para el transporte público de pasajeros. Dichas agrupaciones de transportistas deberán prestar el servicio con vehículos propios o de terceros. Es decir, deberás asociarte a una de estas entidades prestadoras del servicio de transporte, para poder conducir una Mototaxi. La habilitación no está permitida a particulares.
La administración municipal, será la encargada de controlar que dichas entidades transportistas, cumplan con las condiciones de los vehículos, verificando que estos tengan certificado de inspección técnica vigente, el SOAT, asimismo sus choferes deberán ser capacitados anualmente en materia de seguridad vial y cuenten con su brevete en regla.
Las categorías L2 y L5 corresponden al trimoto de pasajeros que corresponde a los vehículos de tres ruedas. En este caso el L5 son las establecidas para las Mototaxis.
Recuerda que, si no cuentas con el brevete para Mototaxi y la constancia de asociado a una entidad autorizada por el Municipio, serás pasible de una sanción de tipo muy grave, que además de hacerte pagar una multa, acumularás de 50 a 100 puntos en tu récord de conductor.
La licencia de moto es a nivel nacional
Las Licencias otorgadas por los Centros de Emisión de licencias en cada municipio, son autorizadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Perú (MTC), y te permitirán circular con tu moto a nivel nacional. Asimismo, las autorizaciones especiales, como las de mototaxi, son otorgadas por las municipalidades de las diferentes regiones, para mantener un control administrativo, dicha autorización solo sirve para la región que la emite.
Ver si brevete de moto está activo
Para saber si tu brevete de moto está activo, lo primero es saber si tu licencia está registrada en el MTC. En la página web del MTC existe el «Sistema de Licencias de Conducir por Puntos«.
En esta página puedes acceder por documento, número de licencia o apellidos y nombres. Gracias a esta consulta puedes saber el número de licencia, así como la clase y categoría. Incluso la fecha de vigencia y el estado de la licencia.
Para muchas personas la motocicleta es su medio de trabajo y las empresas o empleadores necesitan asegurar que toda la documentación está en regla. Porque a veces las personas tramitan sus permisos de manera irregular, resultando licencias de conducir ilegales.
Si necesitas más seguridad, puedes verificar la licencia de moto presencialmente, dirigiéndote al municipio indicado en la misma o a la Oficina del MTC de la provincia o distrito. Solicitarás la verificación y autenticación de la licencia de conducir. Como parte de su trámite ellos te informarán si es o no falsa.
En el caso que la licencia sea falsa, las autoridades retendrán la licencia. No olvides que portar una licencia falsa te traerá como consecuencia multas y sanciones de parte de las autoridades competentes. Ahora bien, en el Perú la sanción no es tan drástica, porque es sólo es por no tener la licencia o manejar sin licencia.
Las motos eléctricas necesitan licencia de conducción
El MTC, a través del Decreto Supremo Nº019-2018-MTC, actualizó la clasificación de vehículos en el año 2018, dicha normativa se encuentra fundamentada, en la necesidad de modificar la regulación ante la importante producción de vehículos eléctricos a nivel mundial, entre ellos, los vehículos menores eléctricos y cuadriciclos, para efectos de una correcta clasificación y consiguiente incorporación al Sistema Nacional de Transporte Terrestre.
El Decreto especifica en su anexo I que, las motos eléctricas con cilindrada hasta 50cc, tendrán la categoría L1 y las motos eléctricas con cilindrada mayor a 50cc, serán de categoría L3, asimismo si posees una moto de este tipo, deberás cumplir con los requisitos necesarios para la circulación como: patente del vehículo, SOAT y sin lugar a duda, Licencia de conducir.
Una moto lineal scooter también, es decir entendemos que también se necesita licencia para moto scooter. Y nos referimos a scooter eléctrico, también aplican la rueda eléctrica, plataforma eléctrica, bicicletas con pedaleo asistido y Segway.
Las municipalidades distritales si están regulando el uso de scooter eléctricos. Es así como establecen límites de velocidad (25 km/h), el uso de casco y contar con seguro de accidentes para las empresas que lo alquilan.
Los scooteres son considerados vehículos de movilidad personal, porque por su diseño o apariencia sólo puede viajar una persona o usuario. Cuando lo conduzcas, cuida de circular por el carril derecho de las calles y jirones. Si hay ciclovías tienes que usarlas.
En los últimos años, se ha visto un incremento exponencial de motos en la vía pública, ya sea por ser un medio de traslado económico o por cualquier otra razón. Por lo tanto, las motos eléctricas necesitan licencia de conducir. Por ser este el documento que acredita tu pericia en el manejo con el fin de prevenir siniestros viales lamentables.
Nos encantaría que dejes un comentario. Síguenos en Twitter, Facebook y YouTube con soluciones para gestionar los servicios del estado y los privados.
Referencias
- «Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir – Decreto Supremo N°007-2016-MTC».
- Página oficial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Estado Peruano.
- «Decreto Supremo Nº019-2018-MTC».
- «Decreto Supremo Nº055-2010-MTC».
- Modificatoria que incorpora el Scooter