A la hora de renovar tu carné de conducir es necesario considerar los requisitos para revalidar licencia de conducir. Porque tu brevete tiene una fecha de vencimiento, es decir, tiene un plazo de vigencia. Una vez tu licencia de conducir vence, deberás realizar una serie de trámites para actualizarla.

El «Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir» (RNSELC) incorpora todo lo necesario para que, a la hora de buscar información, encuentres todo lo relacionado a la revalidación de tu brevete.

Considera que recategorización de brevete no es lo mismo que revalidar licencia de conducir. Porque la primera te permite subir de categoría y la segunda es para mantener tu licencia vigente.

Recuerda que manejar con el brevete vencido es una falta considerada muy grave y sancionada con multa de la siguiente forma:

  1. La primera vez: S/. 207.50 más S/ 50 por cada mes transcurrido a partir la fecha de vencimiento. Esto es el 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
  2. La segunda vez: S/. 1,245 más S/ 50 por cada mes transcurrido desde la fecha de vencimiento. (30% de la UIT)
  3. La tercera vez en adelante: S/. 2,490.0 más S/ 50 por cada mes transcurrido desde la fecha de vencimiento. Además, te sancionan con inhabilitación por un año para sacar brevete. (60% de la UIT)

Revalidación de Brevete A1

El artículo 18-A del Reglamento informa los plazos de validez de las Licencias de Conducir. En el mismo se detalla por clase y categoría el tiempo en que deberás tramitar la revalidación.

Hombre con BreveteLa licencia de conducir de la Clase A Categoría I tiene una validez por 10 años contados desde la fecha de su emisión. La vigencia cambia si, en los últimos 10 años has sido sancionado con inhabilitación temporal para conducir, por infracción a lo establecido en el «Reglamento Nacional de Tránsito». En cuyo caso la vigencia se puede reducir hasta cinco años. (artículo 18-A.1 del RNSELC).

Ten en cuenta que el plazo de revalidación asignado dependerá del récord de infracciones cometido durante el período inmediato precedente. Este período está comprendido desde la obtención de licencia o última revalidación, según corresponda, hasta la fecha de presentación del pedido de revalidación, de acuerdo con el siguiente detalle:

a) Validez por 10 años, si el conductor no ha sido sancionado o lo ha sido con sanciones correspondiente a infracciones leves. Esto aplica sólo si ha cumplido con la sanción.

b) Validez por 8 años, si ha sido sancionado por infracción grave o muy grave. Pero que no resulte en la suspensión de la licencia de conducir. Esto aplica sólo si ha cumplido con la sanción.

c) Validez por 5 años, si ha sido penalizado con la suspensión de la licencia de conducir o ha sido inhabilitado temporalmente para sacarla. Esto aplica sólo si ha cumplido con la sanción.

Para la aplicación de lo indicado, la sanción debe haber quedado firme. Esto significa que no cabe ningún tipo de recurso sea este administrativo o jurisdiccional. También aplica si se «agotó» la vía administrativa, es decir si se llegó a la autoridad más sin resultado favorable.

Revalidación de brevete A2B

Si posees una licencia de clase A con categoría II-b, debes saber que el plazo para la revalidación también dependerá del récord de infracciones que hayas cometido durante el período inmediato precedente, comprendido desde la obtención o revalidación, de acuerdo con el detalle contenido en el artículo 18-A-2 del RNSELC, a saber:

a) Validez 5 años, si el conductor no ha sido sancionado. Esto aplica sólo si ha cumplido con la sanción.

b) Validez de 3 años, si ha sido sancionado por infracciones leves. Esto aplica sólo si ha cumplido con la sanción.

c) Validez de 2 años, si ha sido sancionado por infracción grave, o muy grave. Esto aplica sólo si ha cumplido con la sanción.

Revalidación de brevete A3C

Para que renueves tu carné tipo A-3-C, deberás tener en cuenta los mismos plazos de vigencia del brevete tipo A-2-b. Asimismo, el artículo 19-A del RNSELC, dictamina que las licencias de conducir son válidas hasta el último día de su vigencia.

Considera que el pedido de revalidación lo puedes presentar en cualquier momento durante su vigencia. Pero también lo puedes hacer después de culminada dicha vigencia. Pero igual estás prohibido de conducir con una licencia vencida. La Licencia de Conducir es válida desde su fecha de emisión.

Por otro lado, para la revalidación de Licencias de Conducir en la misma categoría e incluso a una inferior en las clases A y B, debes cumplir los siguientes requisitos (artículo 19-A-2):

a) Presentar declaración jurada, en el que señales tus datos personales. Verifica que esté debidamente llenado y suscrito, indicando lo siguiente:

«No estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho a conducir vehículos de transporte terrestre».

«Contar con certificado de salud para Licencias de Conducir, expedido, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores».

«Contar con examen de conocimientos aprobado, realizado en un Centro de Evaluación, previamente registrada en el Sistema Nacional de Conductores. Este requisito no será exigible para revalidación de licencias de conducir de Clase A Categoría I».

b) Pago del derecho de trámite. Debes indicar en la solicitud el día de pago y no olvidar el número del voucher de pago.

Además la norma indica como requisito: «Copia simple de la sentencia judicial o de la resolución judicial que dicta medida cautelar favorable a los intereses del solicitante, en caso éste tuviera según la información contenida en el Registro Nacional de Sanciones, multas pendientes de pago o sanciones pendientes de cumplimiento por infracciones tipificadas en el Anexo I del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, impuestas mediante actos administrativos firmes que hayan agotado la vía administrativa«.

La norma también señala: «Como condición para la revalidación de la licencia, la autoridad a cargo del procedimiento debe verificar en el Registro Nacional de Sanciones que el postulante no se encuentra inhabilitado o suspendido. Además, que no cuente con multas pendientes de pago ni sanciones pendientes de cumplimiento por infracciones tipificadas en el Anexo I del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito; impuestas mediante actos administrativos firmes que hayan agotado la vía administrativa«.

El procedimiento de revalidación de licencia de conducir establece que: “el postulante debe presentar su solicitud de revalidación de la Licencia de Conducir de clase A o B ante cualquier DRT (Dependencia Regional con competencia en Transporte) o Municipalidad Provincial«. (artículo 24-A del RNT).

Revalidar licencia en cuarentena

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el organismo del Estado encargado de la emisión de licencias de conducir. Esta labor la realiza a través de las diferentes instituciones autorizadas bajo su órbita que, dada la actual situación de emergencia sanitaria, se encargan de organizar la tramitación para que puedas revalidar la licencia en tiempos de cuarentena.

Licencia de conducir: desde el 2021, el examen de manejo se hará en la vía públicaLa Resolución Ministerial N° 003-2021-MTC/18 es un ejemplo de las acciones que toma el estado para el resguardo de los usuarios, y contempla en su texto una prórroga en la vigencia de las licencias de conducir. Asimismo, prorroga la validez de los certificados de salud necesarios a la hora del trámite de revalidación.

En el artículo 1 de la Resolución Ministerial citada, se contempla la modificación en las prórrogas de vigencias cuyo vencimiento se haya producido «desde el 01 de enero de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021 según el siguiente orden:

  • Clase A categoría I, hasta el 31 de junio del 2021;
  • Clase A, categorías II-a, II-b y III-a, hasta el 31 de mayo del 2021;
  • Clase A, categorías III-b y III-c, hasta el 31 de julio del 2021«.

En cuanto a la validez de los Certificados de salud, cuyo vencimiento se haya producido desde «el 01 de enero de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021, estarán sujetos a las siguientes prórrogas según el tipo y categoría siguiente:

  • Clase A categoría I, hasta el 30 de junio del 2021;
  • Clase A categoría II-a, II-b y III-a, hasta el 31 de mayo del 2021;
  • Clase A, categorías III-b y III-c, hasta el 31 de julio de 2021«.

Asimismo, cuentas con la plataforma oficial del Estado peruano, donde encontrarás información complementaria, para realizar la revalidación de brevete de manera ágil y segura en el siguiente enlace: Revalidar la Licencia de Conducir.

Ten presente que el gobierno impone estas fechas de vencimientos de las licencias de conducir, con el objeto de controlar periódicamente, que los conductores se encuentren aptos para el manejo de vehículos, cumpliendo con el mandato de proporcionar seguridad a los ciudadanos que transiten por las calles de nuestro País.

Referencias

  • «Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir – Decreto Supremo N°007-2016-MTC».
  • «Página oficial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Estado Peruano».
0 0 Votos
Article Rating
Suscribir
Notificar de
guest
0 Comments
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios